La primera Constitución de Uruguay en el año 1830 establecía como prioridad de la República la instauración del juicio por jurados, aunque la inestabilidad política e institucional de las primeras décadas llevó a que se implementara recién en el año 1889 con la aprobación del Código de Instrucción Criminal.
Sin embargo, 50 años después, en 1938 el juicio por jurado fue derogado en vinculación a su des-legitimación por el emblemático caso de «La Ternera».
Actualmente, pasado más de un siglo de su inexistencia, la reciente reforma del proceso penal hacia un modelo acusatorio y las incorporaciones del jurado en países cercanos como Argentina, presentan un marco propicio para establecer la discusión sobre su eventual aplicación en Uruguay.
En ese contexto, Juan Ignacio Acquistapace, Diego Camaño, Leticia Gavernet, Diego González, Nicolás López & Daniel Zubillaga presentaron en el artículo “¿Juicio por jurados en Uruguay? Perspectivas teóricas, experiencias regionales y cultura jurídica local” un primer acercamiento a los resultados de su investigación sobre la temática. Los autores son un equipo interdisciplinario de docentes de derecho penal, teoría del derecho y sociología jurídica y llevan su tarea adelante como proyecto de Investigación y Desarrollo financiado por la Comisión Sectorial de Investigación Científica (CSIC) de la Facultad de Derecho en la Universidad de la República del Uruguay.
La investigación abarca un nivel teórico y otro de trabajo empírico. En esta instancia presenta algunos análisis preliminares de los resultados de una encuesta nacional de opinión a jueces, fiscales, defensores y abogados litigantes en materia penal, sobre su percepción acerca del juicio por jurados y la eventualidad de su implementación en el Uruguay.
¿Las conclusiones? Pues que el «…nivel de acuerdo con la implementación del juicio por jurados es uno de los hallazgos centrales. El 40% de los actores jurídicos en Uruguay estaría de acuerdo con la implementación del juicio por jurado en Uruguay, mientras que el 60% se posicionan en contra de su implementación».
Si bien en términos generelaes el resultado es adverso «al jurado, no deja de ser alentador para un país con un fuerte arraigo de la justicia profesional. Además, consideramos que también hay que tomar en cuenta que la reforma procesal del Uruguay es muy reciente (noviembre de 2017) y que la formación universitaria en general, fomenta posturas favorables a la justicia en manos de jueces profesionales (por ejemplo, resaltando los bajos índices de corrupción o la calidad técnica de los jueces uruguayos)».
Quién sabe, tal vez es solo cuestión de tiempo para que el vecino país siga el ejemplo de las provincias argentinas y se sume a la ola juradista.