El Concejo Deliberante de la ciudad de Mendoza aprobó por unanimidad la creación del Jurado Vecinal en el marco del Código de Convivencia que está en vigencia desde el año 2014. Todos los sectores políticos, concejales del Frente de todos, del Partido Verde y del PRO, acompañaron esta ordenanza que amplía la participación ciudadana.
En la misma Ciudad donde se le rinde homenaje a la gesta patriótica de San Martín para liberarnos de la colonia española, se rompe una vez más con los resabios inquisitoriales de la metrópoli que aún nos rigen hoy y consolida nuestro modelo constitucional de administración de justicia municipal con jurados.
Las cadenas rotas en el Cerro de la Gloria |
El Jurado Vecinal se integrará por siete (7) personas designadas por sorteo. Deben ser argentinos, tener entre 18 y 75 años, saber leer, escribir y entender el idioma, y tener domicilio en la Ciudad.
La participación del jurado será gratuita y voluntaria, y para ello estará disponible un registro de postulantes donde los habitantes podrán anotarse para ser jurado. En todo momento, se tendrán en cuenta para la conformación del jurado la diversidad etaria, de género y cultural. El Jurado Vecinal podrá decidir sobre las siguientes causas:
2 – Art. 21 a 23. Degradación visual del entorno urbano. Grafitos, pintadas y otras expresiones gráficas en lugares no autorizados. Vandalismo.
3 – Art. 31 a 34. Uso inadecuado del espacio público para juegos de patín, bike, skate, deportes extremos o similares en lugares no autorizados.
4 – Art. 49 ap.3. Limpieza de la ciudad en general: micciones y/o deposiciones de animales en la vía pública, suciedad en espacios públicos, mantenimiento de espacios de acceso público en comercios, mantenimiento de limpieza en vía pública por parte de edificios en construcción o cualquier tipo de obra.
El nuevo procedimiento pretende, asimismo, ser una herramienta que no solo sancione, sino que fomente la convivencia y la solidaridad entre los vecinos, fortaleciendo los lazos comunitarios.