Información de interés para personas convocadas para servir como jurados y para la comunidad en general
Contempla un modelo clásico de juicio por jurados en materia penal, obligatorio para delitos penados con prisión perpetua, homicidios y lesiones con arma de fuego, estrago doloso y culposo y ataques a la integridad sexual. Podrá ser renunciado por el acusado, siempre que así lo acepten los acusadores, el juez y los coimputados. Si alguno de ellos se opone, el juicio irá a jurados. Exige unanimidad tanto para veredictos de culpabilidad como de no culpabilidad (tras un largo proceso de deliberación, en caso de falta de acuerdo, se podrán aceptar veredictos con diez votos, si no se alcanza esa cantidad implicará la absolución del enjuiciado). Además, se incorporan reglas de evidencia y reglas éticas para el comportamiento de la abogacía frente al jurado.
Proyecto presentado ante la Cámara de Diputados de la Nación en diciembre 2023 por el presidente de la Nación Javier Milei.
Contempla un modelo clásico de juicio por jurados en materia penal que se ajusta a todos los pilares fundamentales de este tipo de sistemas: doce integrantes con igualdad de género, veredicto unánime e inapelable, instrucciones legales del juez, un voir dire para seleccionar al jurado imparcial y nuevo juicio en caso de estancamiento, una audiencia de descubrimiento de las evidencias, doble conforme probatorio previo al juicio ante otro juez, litigación oral recursiva en sede revisora, entre otros. Obligatorio para delitos superiores a cinco años de prisión. El juez deberá usar toga y martillo y el jurado deberá estar atrás d euna baranda de madera.
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